Asimismo, define al la DNI como “el conjunto de relaciones funcionales entre los organismos de inteligencia del Estado dominicano, bajo la coordinación de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), con la finalidad de proveer información estratégica para la seguridad nacional” y estará bajo la dependencia del presidente de la República, quien también designará al director de esa entidad.
Entre sus atribuciones futuras destacan investigar cualquier actividad llevada a cabo por personas, grupos o asociaciones, que “atente” contra los intereses u objetivos nacionales, las instituciones del Estado, subvierta el estado de derecho, ponga en riesgo la seguridad nacional u otros aspectos adversos al Estado.
También tiene como atribución recopilar y procesar información relevante para la seguridad nacional y la protección de los intereses de la nación y evaluar amenazas, tanto internas como externas.
Además, dispone que podrá contrarrestar en el ámbito nacional “actividades” de cualquier tipo que puedan representar un riesgo, amenaza, agresión, o subversión para la seguridad nacional.
FUNCIÓN Y MISIÓN
El proyecto establece que la DNI podrá cooperar con el Ministerio Público, en caso de que este lo requiera y siempre que esta Dirección de Inteligencia lo considere necesario, con apoyo tecnológico y técnico en asuntos de crimen organizado y corrupción administrativa.
la DNI podrá disponer de actividades “encubiertas” y acceder a bases de datos de entidades públicas y privadas.