Con esta modificación, el indicado delito deja de ser un hecho punible de acción pública a instancia privada, y pasa a ser simplemente de acción pública.La ley promulgada modifica el artículo 31 de la Ley 76-02, del 19 de julio de 2002, que crea el Código Procesal Penal de la República Dominicana.
Esta disposición normativa responde a los datos estadísticos que dan cuenta de que las denuncias de los robos sin violencia y sin armas en espacios públicos, negocios y hogares, son una de las conductas más recurrentes y perturbadoras de la paz social.
El modificado artículo 31 del Código Procesal Penal era generador de que varios de esos hechos punibles quedaran impunes debido a que solo podían ser perseguidos por el Ministerio Público siempre y cuando existiera el sometimiento de una instancia por parte de la víctima.
La puntual modificación entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial, destacó el Gobierno en un comunicado.