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CNSS pone frente al cobro de depósitos en las clínicas

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  • El objetivo del CNSS es que se elimine el cobro anticipado en clínicas.


Santo Domingo, RD
El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) puso atención en su re­ciente reunión a los recla­mos que viene haciendo desde hace tiempo la po­blación afiliada al Seguro Familiar de Salud (SFS) por la práctica de cobrar anticipos o depósitos que llevan a cabo algunos cen­tros de salud privados al momento de ingresar un paciente.

En su reunión ordinaria del jueves pasado el orga­nismo rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) emitió la re­solución 546-01, firmada por su gerente general Ed­ward del Villar, que reite­ra lo establecido en dispo­siciones anteriores donde se dispone que está prohi­bida la práctica de exigir depósitos o anticipos a los afiliados del SFS como ga­rantía de pago para ofre­cer los servicios de salud que requiera el paciente en emergencia.

El recordatorio fue diri­gido por el CNSS a todos los Prestadores de Servi­cios de Salud (PSS) e ins­truye a la Superintenden­cia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), a garantizar el cabal cumpli­miento de esa disposición avalada por las leyes 42-01 y 87-01, General de Salud y de Seguridad Social y re­soluciones administrativas.

Recuerda el organismo que la resolución 165-09, emitida en seis de abril de ese año, ordena a las ARS y al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDO­PPRIL), el pago a las Presta­doras de Servicios de Salud (PSS) públicas y privadas que no forman parte de su Red, por la asistencia médi­ca de emergencia prestada a los afiliados del Régimen Contributivo.

Aplicar sanciones
En la resolución, el CNSS instruye a la Sisalril a agotar el debido proce­so con el objetivo de im­poner las sanciones a las ARS y PSS, sean públi­cas, privadas o de auto­gestión, que dentro del Plan Básico de Salud se niegue a prestar servicios al usuario que haya de­mostrado estar afiliado a una ARS que tiene rela­ción contractual con di­cha prestadora.

También, instruye a la Dirección de Información y Defensa del Afiliado (DI­DA) que oriente e informe a la población afiliada so­bre sus derechos y deberes cuando una prestadora les requiera pagos de anticipos o depósito en violación a las disposiciones existentes.

Aprobó reglamento sobre sanciones
Se recuerda que el CNSS aprobó el Reglamento sobre Infracciones y Sanciones al Seguro Familiar de Salud y al Seguro de Riesgos Labo­rales, el cual penaliza a las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS), tipifican­do como sanciones graves con una penalidad de 200 Salario Mínimo Nacional, que dentro del Plan Básico de Salud se niegue a prestar servicios a los usuarios que hayan demostrado estar afi­liado a una ARS que tiene relación contractual con di­cha PSS.

La resolución del CNSS establece que se tiene el ob­jetivo de regularizar esa si­tuación, mejorando los ca­nales de comunicación, entre las Administradora de Riesgos Salud (ARS) y las PSS, así como, capacitar al personal, cerrando las bre­chas de desinformación que puedan estarse presentan­do en la actualidad.

En los últimos meses se han incrementado las que­jas de personas, sobre to­do a través de las redes so­ciales, por dificultades que presentan al momento de requerir servicios de salud, sobre todo por la práctica de algunos centros de pe­dirles depósitos o anticipos al momento de ingresar un paciente.

En algunos casos se ha denunciado la ocurrencia de muertes porque pacien­tes que llegan a centros mé­dicos no son atendidos de inmediato en espera de que la familia haga un depósito en efectivo por anticipado.

En otros casos, se produ­cen rebotes luego de que las clínicas hacen algún ni­vel de estabilización de la emergencia médica.

SEPA MÁS
Las ARS deben devolver anticipos

En febrero pasado, el titular de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), doctor Jesús Feris Iglesias declaró que si algún paciente ha pagado el anticipo, “las ARS están obligadas a devolver ese anticipo a la persona que lo pagó. Y a su vez, esa ARS, que le descuenta a la clínica por los gastos incurridos de ese depósito. Claro, en estos casos, los afiliados deben dirigirse a las instituciones correspondientes para hacer las reclamaciones de lugar”. Los reclamos se hacen a través de la DIDA.

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